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Demanda Boliviana en la Haya

  • Natalia Zamorano
  • 8 may 2017
  • 4 Min. de lectura

El 20 de octubre de 1904 se firmó El Tratado de Paz y Amistad entre las Repúblicas de Bolivia y la de Chile con el fin de finalizar el conflicto nacido en la Guerra del Pacífico en 1879, en donde Bolivia perdió la soberanía que tenía del Océano Pacífico.

El 24 de Abril del 2011, Bolivia decide demandar a Chile ante la Haya debido a que, según ellos, Chile debe respetar sus promesas de negociar una salida soberana al mar.

La pregunta que surge en este contexto es si ¿Es legítima la demanda marítima de Bolivia frente a la Haya?

Antes de responder, es necesario precisar que Legítimo, según la RAE, corresponde a una situación conforme a las leyes.

Ahora que estamos conscientes del significado de la palabra clave, podemos comenzar preguntándonos ¿Es legítimo que la Haya considere las peticiones de Bolivia y se involucre en el conflict

o limítrofe? Esta es la pregunta que se realiza el país, ya que en el Pacto de Bogotá en su artículo 6, señala que el Tribunal de La Haya no tiene competencia para pronunciarse sobre tratados anteriores a la fecha en el que se firmó este pacto, es decir 1948, y el Tratado de Paz y Amistad, es de 1904. Por ende, la Corte Internacional de Justicia desde un principio no tiene competencia en el asunto.

Ahora, dejando a un lado la legitimidad de la Haya en el asunto, enfoquémonos en la legitimidad de la demanda Boliviana en contra de Chile.

En primer lugar, toda sociedad requiere normas claras que permitan un adecuado funcionamiento, tanto en instituciones como en las relaciones entre los miembros de esta, por eso existen las leyes, las normas, acuerdos de convivencia y así también, los tratados de paz entre los diferentes países, sin embargo, cuando uno de los dos lados desconoce algún acuerdo pactado, se produce un quiebre en las confianzas y el tratado pierde validez, por lo tanto, se generan conflictos entre las partes involucradas. Es el caso de Bolivia y Chile, ya que en la actualidad hay un tratado firmado entre ambos países que se está desconociendo.

Ambos países firmaron el tratado de 1874, en el que se fijó como límite el paralelo 24. La renuncia de Chile a sus derechos soberanos al norte de esta línea quedó, compensada en el artículo 4°, con el compromiso de que por el término de 25 años, “las personas, industrias y capitales chilenos situados en la zona cedida por Chile, no quedarían sujetos a más contribuciones, de cualquier clase”.

En febrero de 1878 Bolivia estableció un nuevo impuesto a la empresa chilena Compañía de Salitres y Ferrocarril de Antofagasta, en flagrante violación del tratado limítrofe de 1874. Chile protestó y solicitó someter el pleito a un arbitraje, no obstante el gobierno boliviano de Hilarión Daza consideraba el asunto como interno y sujeto a la jurisdicción de sus cortes. Nuestro país insistió y advirtió al gobierno boliviano que Chile no se consideraría ligado al tratado limítrofe de 1874 si no suspendían el impuesto. Por el contrario, el gobierno boliviano rescindió la licencia a la compañía chilena, embargó sus bienes, y los puso a remate. El día del remate, el 14 de febrero de 1879, fuerzas militares chilenas ocuparon Antofagasta. Dando inicio a la Guerra del Pacífico.

En 1904, se firma el Tratado de Paz y Amistad entre ambos países, estableciéndose acuerdos, destacándose

[if !supportLists]• [endif]Art 2. Quedan reconocidos del dominio absoluto y perpetuo de Chile la provincia de Tarapacá.

[if !supportLists]• [endif]Art 6. Establece que Chile reconoce a favor de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y el acceso a los puertos en el Pacífico.

Según lo explicitado en el tratado, las reglas de ambos países respecto a temas limítrofes están claras.

En segundo lugar, para argumentar se requiere dar evidencias que respalden su razonamiento o afirmación para validarlo. Sé que se estarán preguntando… ¿Qué relación tienen las evidencias de un argumento con la demanda presentada contra Chile? Bolivia presentó ante el tribunal internacional de justicia que Chile se había comprometido en diversas ocasiones a entregar un acceso soberano al mar, pero nunca había cumplido con dichas promesas. Por ello, el juez Christopher Greenwood pide al demandante explicar en qué fecha "se concluyó un acuerdo respecto de la negociación relativa al acceso soberano". A lo que el abogado respondió: “En el derecho internacional no hay un momento mágico ni específico". "Hay diversas instancias en que hubo acuerdo con Chile (...) los hechos demuestran que en diversas oportunidades, Chile prometió negociar el derecho soberano al mar". Empero, no hay fechas ni acuerdos firmados, por tanto, su evidencia es inconclusa. Lo que están haciendo al presentar este tipo de evidencias es hablar sin fundamento, y ello en una corte es inadmisible.

Esta conversación tuvo lugar el 08 de Mayo del 2015, en la Corte internacional de Justicia.

En conclusión, se entiende que la demanda de Bolivia ante la Haya no es legítima, no obstante esto no significa que no se pueda llegar a un acuerdo, ya que es válido que este país quiera un acceso soberano al mar, pero no creo que los medios por los que se exige sean los correctos y tal como expresé anteriormente, la Haya no tiene competencia en este asunto. A mi parecer, sería mejor que ambos países pudieran conversar y negociar esta necesidad, y llegar a un acuerdo que beneficie a ambas posturas, por ejemplo, que Chile abogue para que Perú acceda a dar un corredor de acceso al mar, que limite entre Perú y nuestro país.

Finalmente, conviene preguntarnos si un acuerdo real ayudaría a cumplir el sueño de Bolívar.

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